¿Te has encontrado alguna vez en la situación de que has heredado una vivienda y lo desconocías? Normalmente recibir algo inesperado, y más en este caso, un inmueble es siempre motivo de entusiasmo y alegría. Después de todo, no todos los días se regalan cosas, y menos de estas magnitudes.
No obstante, siempre suele haber otro punto de vista, como por ejemplo el del conflicto familiar. También está la existencia de otros factores, como la intervención de personas que pretendan manipular la situación con malas artes. Para despejar tus dudas y que puedas controlar la situación de heredar una vivienda de manera legal, continúa leyendo este post.
Para empezar, te aportamos un dato curioso, ¿sabías que según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2014 existieron 137.084 herederos de viviendas en España?. Estar en la tesitura de heredar una vivienda, suele estar muchas veces vinculado con el reparto entre hermanos. Esta disputa suele acabar en procesos judiciales, y lo que muchos desconocen es que el no llegar a un acuerdo entre las partes provoca la devaluación del inmueble.
Documentación necesaria al heredar una vivienda
- Asistir al Registro Civil es un paso indispensable para obtener dos certificados:
- El de la defunción del fallecido
- El testamento o también conocido como últimas voluntades
Sobretodo con el segundo certificado, sabremos de primera mano cuál fue la voluntad del difunto. Para facilitarte más información al respecto, te adjuntamos el enlace del Ministerio de Justicia para que te informes de quién puede solicitarlo y cómo presentarlo.
- Notario. Asistir al notario es importante para que realices un documento en el que conste la vinculación de los bienes con los nuevos propietarios.
- Registro de la propiedad. Con la referencia catastral podrás conocer si la propiedad tiene o no deudas pendientes. En este punto hay que tener en cuenta que, si bien la propiedad pasa a ser tuya, la deuda también.
Una vez efectuados todos estos trámites burocráticos, viene la aceptación de la herencia.
Pasos a seguir, para la aceptación de la herencia
A continuación, tienes que redactar un documento en el que quede constancia de que eres el heredero de la vivienda. Y lo más importante, pagar el tributo de Impuesto de Sucesión que está estipulado por la Ley 29/1987. En este gravamen has de estar muy atento, ya que, el importe que has de abonar por la herencia de tu vivienda no es el mismo en todo el territorio español, cada Comunidad Autónoma tiene una cuantía diferente.
Habría que decir también, que el Impuesto de Sucesión se debe empezar a abonar durante seis meses a partir del fallecimiento del causante.
Por otro lado, este impuesto puede ser prorrogado durante otros seis meses. Pero atención, el aplazamiento de este tributo no te exime de pagar los intereses de demora.
De manera que, una vez expuestos los factores que implican heredar una propiedad, que decidirías, ¿aceptar la herencia?, ¿aceptar la herencia como beneficio de inventario? es decir, que no te haces cargo de las deudas, o ¿rechazarías la herencia?
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